Magaly Zamora Morejón/29 de febrero de 2024
La autorización para importar ciclomotores eléctricos al amparo del Decreto 320 de 2011 del Consejo de Ministros, ha incrementado notoriamente el número de vehículos de ese tipo que circulan en el país y, en paralelo, también la cifra de accidentes y delitos de robo. Como contrapartida, la inscripción de cada uno de ellos en el Registro de Vehículos permite un mayor control, en correspondencia con la Ley 109 Código de Seguridad Vial.
No obstante, este proceso que comenzó en Ciego de Ávila en noviembre de 2019, está actualmente detenido para dar prioridad a la inscripción de medios de transportes armados por partes y piezas, amparados en la Resolución 200 de 2021 del Ministerio de Transporte (MITRANS).
Geisha Rodríguez Aguilar, jefa de la unidad de Trámites del Registro de Vehículos en la provincia, explicó a Invasor que hasta la fecha se inscribieron en el territorio 2208 vehículos de ese tipo, que incluye autos, camionetas, ciclomotores y remolques.
Aclaró que ese proceso es rectorado por la Empresa de Transporte y se realiza solo en la ciudad capital, por lo que los solicitantes de cualquier municipio deben presentarse en esa institución, la cual es la encargada de citar a los propietarios para concluir el trámite en el Registro de Vehículos, los jueves o viernes de cada semana.
Subrayó que, una vez concluida esta modalidad, se reanudará la inscripción de todos los ciclomotores eléctricos en la Oficina de Trámites ubicada en Carretera de Morón, Km 1 ½, para lo cual se debe aportar 40.00 pesos en sellos y los documentos que certifican la posesión legal del ciclomotor (factura o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora autorizada; certificado de importación o modelo de solicitud de inscripción emitidos por la Aduana General de la República).
Cuando el poseedor del ciclomotor no disponga de la documentación, o los documentos consten a nombre de otra persona, debe realizar una declaración jurada ante el funcionario del Registro de Vehículos para acreditar la posesión lícita del medio y conformar el expediente que le permita concluir los trámites.
Rodríguez Aguilar recordó que se consideran ciclomotores todos los medios con una potencia de hasta 1000 watts y motos a los que la superan.
Precisó que los ciclomotores no llevan velocidades, en tanto las motocicletas sí las poseen.