Magaly Zamora Morejón
Ante los precios astronómicos que pululan por estos días en tarimas y carretillas, no son pocos los que claman por la presencia de inspectores que hagan cumplir lo establecido en la legislación vigente y pongan coto al desenfreno. Del otro lado del mostrador, en cambio, aluden a su figura como la persona que puede “salarles” el día con una multa o hasta el decomiso de un bien, si son sorprendidos fuera de base, a sabiendas de que no actúan con apego a la Ley.
Entre lo uno y lo otro, la Dirección de Inspección Provincial (DIP) y su equipo similar en todos los municipios, tiene entre sus funciones velar por el cumplimiento de los decretos que están vigentes, referidos a los precios de todo lo que se venda, la calidad de esos productos, su procedencia; higiene y ornato público, carretoneros, mal uso de los recursos hidráulicos y el desempeño de los trabajadores por cuenta propia (TCP), entre otros.
Irán Cano González, jefe de Grupo General de Inspección Provincial, explicó a Invasor que resulta difícil y compleja la formación de los inspectores, pues son muchos los aspectos que deben dominar y los decretos que tienen que conocer para aplicar las contravenciones cuando corresponda.
“Requiere tiempo prepararlos adecuadamente y ocurre que, cuando comienzan el trabajo en la calle, muchos se van, pues no soportan el rigor”.
Esta situación incide en que el municipio cabecera, aun habiendo capacitado a más de un centenar de inspectores, apenas tenga cubiertas 10 de las 20 plazas disponibles. A pesar de la escasez de personal, la dirección provincial se ocupa, además, de la verificación directa en el terreno, de la actividad metodológica y de asesoramiento a los municipios y de la formación de nuevos inspectores.
Hoy tienen, entre las tareas de prioridad, el seguimiento al Decreto 30 de 2021, que establece las contravenciones personales, sanciones, medidas y procedimientos a aplicar por la violación de la política de precios en la comercialización de bienes y servicios, de forma mayorista o minorista.
La norma, igualmente, define en qué consisten los precios abusivos y especulativos y establece severas cuantías de entre 5000.00 y 15 000.00 pesos por violaciones de tarifas y precios.
También es de verificación permanente el Decreto 272 de 2001, que rige las conductas y las medidas aplicables en materia de Ordenamiento Territorial y el Urbanismo, con los aspectos del ornato, la higiene comunal y los monumentos relacionados con esta disciplina, así como las multas para quienes no cumplan con la higienización de las comunidades y arrojen escombros o basura en lugares no establecidos. Por su parte, el Decreto 45 de 2021 norma la actividad de los TCP y todas sus funciones.