Como una forma de avanzar en el perfeccionamiento de su gestión y contribuir directamente al Programa de Gobierno para corregir distorsiones e impulsar la economía, la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) amplía sus facultades y podrá disponer el cierre de establecimientos comerciales o la retirada de la licencia.

Todo ello a partir de la puesta en vigor (a partir del próximo 7 de enero) de nuevas normas y procedimientos que modifican la Ley del Sistema Tributario y el Decreto 308 en función de mejorar la gestión tributaria, según se conoció en conferencia de prensa, ofrecida por Mary Blanca Ortega, Jefa de esa entidad y con la participación de Yenisley Ortuiz Mantecón, vice ministra de finanzas y precios y otros directivos de la ONAT.

Asimismo se establece el uso obligatorio del Número de Identificación (NIT) en todos los documentos con trascendencia tributaria, con carácter económico o legal y transacciones comerciales, en declaraciones juradas, facturación, pagos, reclamaciones, registros contables, u otra información a brindar a la ONAT. “La citada obligatoriedad busca alcanzar mayor trazabilidad en las operaciones referidas a la administración tributaria”, se conoció.

Las normativas aprobadas disponen el reconocimiento del llamado Domicilio Virtual, es decir, una dirección electrónica o sistema de comunicación en línea a través del cual se puedan emitir notificaciones, requerimientos, respuestas a consultas, recibir comunicaciones, entre otros asuntos. Este se considera lugar de localización y operación de los contribuyentes.

Entre las nuevas disposiciones también está la posibilidad del pago de determinados tributos en moneda libremente convertible cuando las condiciones económicas y sociales así lo justifiquen.

/Fuente: Trabajadores/

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