Ante la regulación temporal de los precios máximos de acopio y minoristas del arroz y el frijol común, de producción nacional, los gobiernos locales deben extremar las medidas de control para evitar desvíos, acaparamientos u ocultamiento de tales productos con venta liberada en la red comercial. El acuerdo del Consejo de Ministros requiere del seguimiento por las autoridades competentes, en aras de que la medida impacte favorablemente en la población.
Pero junto al accionar del cuerpo de inspectores, de las propias administraciones de los puntos de venta, también el control popular resulta imprescindible para denunciar o alertar sobre cualquier distorsión o violación de lo establecido.
Tal como señala el acuerdo del gobierno cubano, desde el 10 de marzo en los establecimientos estatales los precios máximos de comercio minorista de arroz y frijol común, obtenidos mediante la producción nacional, se fijan en 155.00 pesos y 285.00 pesos, respectivamente.
(Redacción Informativa)